Salario mínimo, UMA, subsidio al empleo e ISR: valores vigentes para tu nómina
Valores 2026 de salario mínimo, UMA, subsidio para el empleo e ISR, con un ejemplo de salario diario integrado y cómo aplicarlos en tu nómina.
Cada año cambian los valores con los que se calcula la nómina: el salario mínimo, la UMA, el subsidio para el empleo y, en ocasiones, las tarifas de ISR. Si alguno se queda sin actualizar en el sistema, el error se repite en cada recibo: retenciones de más o de menos, cuotas del IMSS que no cuadran y CFDI de nómina que después hay que corregir.
En este artículo reunimos los valores vigentes en 2026, explicamos para qué sirve cada uno y vemos un ejemplo de salario diario integrado con el salario mínimo.
Salario mínimo vigente
El salario mínimo lo fija la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) y rige desde el 1 de enero de cada año. Para 2026 los montos diarios son:
| Zona | Salario mínimo diario 2026 |
|---|---|
| Resto del país | $315.04 |
| Zona Libre de la Frontera Norte | $440.87 |
Ningún trabajador puede ganar menos que el salario mínimo de su zona por una jornada completa. Además, el artículo 96 de la Ley del ISR establece que no se retiene ISR a quienes perciben únicamente el salario mínimo general por sus servicios. Por eso es importante que cada trabajador tenga bien asignada su zona en el sistema de nómina.
UMA: la referencia para exenciones y topes
Desde la desindexación del salario mínimo, la Unidad de Medida y Actualización (UMA) es la referencia para calcular topes, exenciones y multas en las leyes federales. El INEGI la actualiza cada año y el nuevo valor entra en vigor el 1 de febrero.
| UMA 2026 (desde el 1 de febrero) | Valor |
|---|---|
| Diaria | $117.31 |
| Mensual | $3,566.22 |
| Anual | $42,794.64 |
En nómina, la UMA se usa, por ejemplo, para las partes exentas del aguinaldo (30 UMA), de la prima vacacional (15 UMA) y del tiempo extra, para el tope del salario base de cotización ante el IMSS (25 UMA) y para calcular el subsidio para el empleo. En enero todavía se aplica la UMA del año anterior, un detalle que conviene cuidar en la primera nómina del año.
Si quieres ver cómo se aplica en un caso concreto, revisa nuestro artículo sobre cómo calcular el aguinaldo y su ISR.
Subsidio para el empleo
El subsidio para el empleo es un apoyo que se resta del ISR a cargo de los trabajadores de menores ingresos. Desde 2024 se calcula como un porcentaje de la UMA mensual y ya no se entrega en efectivo cuando es mayor que el impuesto: solo puede reducir el ISR hasta cero.
Para 2026, de acuerdo con el decreto vigente:
- Lo reciben los trabajadores con ingresos gravados de hasta $11,492.66 mensuales.
- A partir de febrero equivale al 15.02 % de la UMA mensual, es decir, unos $535.65 al mes. Los considerandos del decreto mencionan $536.22 porque se calcularon antes de que el INEGI publicara la UMA 2026; con la UMA oficial de $3,566.22, el 15.02 % da $535.65.
- En una nómina quincenal, la parte proporcional es de alrededor de $264.30 (el monto mensual entre 30.4 por 15 días).
- En enero se calculó con otro porcentaje sobre la UMA anterior, por eso el monto de ese mes es distinto.
Un trabajador que gana el salario mínimo general percibe $9,577.22 al mes si se calcula con 30.4 días ($315.04 × 30.4), que es la convención de las tarifas mensuales de ISR. La CONASAMI publica como equivalente mensual oficial $9,582.47. En ambos casos queda dentro del límite para aplicar el subsidio.
Tarifas de ISR para la nómina
La retención de ISR por salarios se calcula con las tarifas del artículo 96 de la Ley del ISR que publica el SAT en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal, en sus versiones diaria, semanal, quincenal y mensual. Al calcular la nómina hay que usar la tarifa que corresponde al periodo de pago y, después, restar el subsidio para el empleo cuando aplique.
Cuando las tarifas se actualizan, el sistema de nómina debe reflejarlo desde la primera nómina en que entran en vigor. De lo contrario, las retenciones no coincidirán con el cálculo anual.
Ejemplo: salario diario integrado con salario mínimo
Las cuotas del IMSS se calculan sobre el salario base de cotización (SBC), que se determina integrando al salario diario los conceptos que establece el artículo 27 de la Ley del Seguro Social. Cuando el trabajador recibe solo las prestaciones mínimas de ley, el salario diario integrado (SDI) que resulta del factor de integración coincide con su SBC. Ejemplo para un trabajador con el salario mínimo general, con un año de antigüedad y solo las prestaciones mínimas de ley (15 días de aguinaldo y 12 días de vacaciones con 25 % de prima vacacional):
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Salario diario | $315.04 |
| Aguinaldo: 15 días ÷ 365 | 0.041096 |
| Prima vacacional: 12 días × 25 % ÷ 365 | 0.008219 |
| Factor de integración | 1.0493 |
| Salario diario integrado ($315.04 × 1.049315) | $330.58 |
Cuando sube el salario mínimo, los trabajadores que lo ganan también cambian de SBC, y ese cambio debe comunicarse al IMSS. Si la empresa otorga prestaciones superiores a las de ley o el trabajador recibe otros conceptos que integran, el factor es mayor. En nuestro artículo sobre el alta de empleados en la nómina explicamos el cálculo con más detalle.
Cómo se aplican en Maines Nómina
En el video se muestra cómo Maines Nómina trabaja con estos valores. En resumen:
- El sistema incluye los valores de salario mínimo, UMA, subsidio para el empleo y tarifas de ISR, para que no tengas que capturarlos a mano.
- Calcula el salario diario integrado de cada trabajador con su antigüedad y prestaciones.
- Al calcular la nómina aplica la tarifa de ISR del periodo y el subsidio cuando corresponde.
- Con el cálculo listo, timbras los CFDI de nómina y envías los recibos a tus trabajadores.
Antes de la primera nómina de cada año y de la de febrero, cuando cambia la UMA, conviene revisar que los valores del sistema coincidan con los publicados. Si es tu primera vez timbrando, revisa también nuestra guía de cómo calcular y timbrar la nómina electrónica.
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Fuentes oficiales
- Salarios mínimos 2026: Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI).
- Valor de la UMA: INEGI, Unidad de Medida y Actualización.
- Subsidio para el empleo: Decreto por el que se modifica el diverso que otorga el subsidio para el empleo, DOF del 31 de diciembre de 2025.
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